Contabilidad de las subvenciones recibidas

Para contabilizar subvenciones correctamente deberemos seguir la norma de valoración 18 ª del PGC referente al registro y valoración de las subvenciones, donaciones y legados recibidos.

Tipos de subvenciones en contabilidad

Según la normativa contable distinguimos dos grandes grupos de subvenciones:

  1. Las recibidas de terceros distintos de los socios o propietarios.
  2. Las recibidas de los socios o propietarios.

Dentro de cada grupo diferenciamos a su vez entre no reintegrables y reintegrables.

Subvenciones reintegrables:

Subvenciones que se conceden para que el beneficiario la destine a una finalidad concreta. Si estas condiciones no se cumplen o dejan de producirse el beneficiario está obligado a devolverlas.

Por ejemplo las ayudas para la creación de empleo o las concedidas para adquirir un determinado bien o inversión. Se contabilizan inicialmente como un pasivo.

Subvenciones No reintegrables:

Este tipo de subvenciones no tienen que ser devueltas por la empresa debido a que ha cumplido los requisitos establecidos para su concesión. Se registran directamente en el patrimonio neto.

Subvenciones otorgadas por personas distintas a los socios

Son aquellas proporcionadas por las Administraciones Públicas o por otras empresas y particulares.

Si tienen carácter de no reintegrable, se registran inicialmente como ingresos imputados al patrimonio neto y posteriormente se llevarán a la cuenta de resultados con un criterio que depende del uso que se le dé a la subvención:

  • Cuando se concedan para compensar déficit de explotación se imputarán como ingresos en el ejercicio en que se produzca dicho déficit.
  • Cuando se otorguen para financiar gastos específicos: se llevarán a la cuenta de resultados como ingresos en el mismo ejercicio en que se devenguen dichos gastos.
  • Cuando se concedan para adquirir activos no corrientes se imputarán como ingresos del ejercicio en proporción a la amortización efectuada para los elementos subvencionados.
  • Si la subvención se recibe sin asignación específica, se imputará como ingresos del ejercicio en que se reconozca.
  • Si se destina a comprar existencias, se imputarán como ingresos del ejercicio en que se produzca su venta o deterioro de valor.

Si son reintegrables se contabilizan como un pasivo hasta que la empresa cumpla con los requisitos  para los que se concede la subvención, momento en que se podrá traspasar su valor al patrimonio neto.

Subvenciones otorgadas por los socios

Se registran directamente en los fondos propios, pero a diferencia del otro tipo de subvenciones, no constituyen ingresos para el beneficiario y por tanto no se llevan a la cuenta de resultados.

Generalmente se trata de cantidades entregadas por los propietarios para compensar pérdidas.

Al momento de recibirlas se contabilizan en la cuenta 118. Por ejemplo, el asiento para una aportación de 2.000 € de un socio sería:

Debe Haber
Bancos (572) 2.000
Aportaciones de socios o propietarios (118) 2.000

La excepción del párrafo anterior son las empresas del sector público. Si éstas reciben subvenciones, donaciones o legados para financiar actividades de interés público o general, las registrarán también como ingresos.

A continuación voy a resolver algunos ejemplos de los casos que se dan en las empresas aplicando los principios de valoración vistos arriba.

Contabilizar subvenciones de capital

Son aquellas que se conceden para comprar bienes de inmovilizado material, intangible o inversiones inmobiliarias.

Se contabilizan como ingresos del ejercicio en proporción a la amortización del inmovilizado que se adquiere.

EJEMPLO 1 Subvención para comprar un activo no corriente

A mi empresa le conceden una subvención pública el 1 de enero de 2018 supeditada a que adquiera una máquina antes de que acabe el año en curso. El importe es de 10.000 € y lo ingresan en el banco de la sociedad el 3 de junio. La máquina se adquiere finalmente el 1 de julio.

El gravamen en el impuesto de sociedades es del 25%.

En este caso, la subvención la contabilizo como reintegrable (pasivo) debido a que si no cumplo la condición para la que me la otorgaron (comprar maquinaria durante el 2018) deberé devolverla.

1- Por la concesión de la subvención:

01/01/18 Debe Haber
H.P. deudora por subvenciones concedidas (4708) 10.000
Deudas a corto plazo transformables en subvenciones (522) 10.000

 

2.- Por el cobro de la subvención:

03/06/18 Debe Haber
Bancos (572) 10.000
H.P. deudora por subvenciones concedidas (4708) 10.000

 

3.- Cuando compro la máquina por el mismo importe concedido (IVA al 21 % no incluido):

01/07/18 Debe Haber
Maquinaria (213) 10.000
H.P. IVA soportado (472) 2.100
Bancos (572) 12.100

 

4.- A partir de ahora he cumplido el requisito para el que me concedieron la subvención, por lo que puedo catalogarla como no reintegrable (traspasarla al patrimonio neto):

01/07/18 Debe Haber
Deudas a corto plazo transformables en subvenciones (522) 10.000
Subvenciones oficiales de capital (130) 10.000

 

5.- Por el efecto impositivo de la recepción de una subvención no reintegrable (25% de 10.000=2.500):

01/07/18 Debe Haber
Subvenciones oficiales de capital (130) 2.500
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479) 2.500

 

6.- Por la amortización de la máquina, teniendo en cuenta que se amortiza en 10 años y en el presente ejercicio ha estado en mi actividad desde julio (la mitad del año). 10.000/10 x 6/12= 500

31/12/18 Debe Haber
Amortización del inmovilizado material (681) 500
Amortización acumulada del inmovilizado material (281) 500

 

7.- Por la imputación como ingresos de la subvención. Como se trata de inmovilizado, se llevan a resultados en proporción a la amortización:

31/12/18 Debe Haber
Subvenciones de capital transferidas al resultado del ejercicio (746) 500
Subvenciones oficiales de capital (130) 375
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479) [25% de 500] 125

 

En el supuesto que no haya comprado la máquina para la que me concedieron la subvención, deberé devolverla:

Debe Haber
Deudas a corto plazo transformables en subvenciones (522) 10.000
Bancos (572) 10.000

NOTA ACLARATORIA:

Los asientos se basan en la contabilidad de una PYME. Las grandes empresas que siguen el PGC normal en lugar de contabilizar las subvenciones en la cuenta 130 lo hacen en una cuenta de ingresos imputables al patrimonio neto, la 940 Ingresos por subvenciones oficiales de capital. A final de año regularizan el saldo de esta cuenta y entonces sí lo traspasan a la 130.

La cuenta 130 incluye subvenciones de capital (las destinadas a adquirir elementos de inmovilizado material, intangible o inversiones inmobiliarias) concedidas por Administraciones públicas.

El resto de subvenciones públicas, denominadas de explotación, se registran en la cuenta 132 Otras subvenciones, donaciones y legados. Aquí incluiríamos, por tanto, subvenciones destinadas a cubrir gastos, compensar déficits, comprar existencias o cancelar deudas.

Contabilizar subvenciones de explotación

EJEMPLO 2 Subvención para compensar déficit de explotación

Tras cumplir los requisitos pertinentes, los organismos públicos otorgan a mi empresa una subvención para asegurar una rentabilidad mínima en el presente año (2018) debido a la situación de crisis que ha estado padeciendo.

El importe de la misma es de 20.000 €. Aprueban la concesión el 15 de marzo y el 30 de junio la ingresan en la cuenta bancaria.

Este tipo de subvenciónes se imputan como ingresos en la cuenta de resultados el mismo ejercicio en que se conceda, salvo que se destine a compensar déficit de explotación futuros.

1.- Por la concesión de la subvención y su imputación como ingresos del ejercicio:

15/03/18 Debe Haber
H.P. deudora por subvenciones concedidas (4708) 20.000
Subvenciones, donaciones y legados a la explotación (740) 20.000

2.- Por el cobro en la cuenta bancaria:

30/06/18 Debe Haber
Bancos (572) 20.000
H.P. deudora por subvenciones concedidas (4708) 20.000

EJEMPLO 3 Subvención para comprar existencias

En este caso, la subvención se traspasa al resultado del ejercicio cuando se produzca la enajenación (venta) de las existencias, su deterioro de valor o baja en el balance.

Supongamos que a mi empresa le conceden una subvención para la compra de mercaderías por valor de 2.000 € el 3 de febrero de 2018. El importe lo ingresan en el banco el 5 de marzo. Se realiza la compra de las mencionadas existencias el 3 de junio y las vendemos el 20 de octubre por 5.000 €.

1.- Por la concesión de la subvención:

03/02/18 Debe Haber
H.P. deudora por subvenciones concedidas (4708) 2.000
Otras subvenciones, donaciones y legados (132) 2.000

2.- Por el ingreso en el banco:

05/03/18 Debe Haber
Bancos (572) 2.000
H.P. deudora por subvenciones concedidas (4708) 2.000

3.- Por la compra de mercaderías:

03/06/18 Debe Haber
Compra de mercaderías (600) 2.000
H.P. IVA soportado (472) 420
Bancos (572) 2.420

4.- Por la venta de las mercaderías:

20/10/18 Debe Haber
Venta de mercaderías (700) 5.000
H.P. IVA repercutido (477) 1.050
Bancos (572) 6.050

5.- Por la imputación a resultados de la subvención concedida:

31/12/18 Debe Haber
Otras subvenciones, donaciones y legados (132) 2.000
Otras subvenciones transferidas al resultado del ejercicios (747) 2.000

Recuerda que hay que realizar también a final de año la variación de existencias.

 

6 comentarios en «Contabilidad de las subvenciones recibidas»

  1. Hola buenos dias , está todo muy bien explicado, pero no entiendo en el supuesto de las subvenciones porque en el supuesto Subvención para comprar un activo no corriente, se aplica el importe el gravamen de impuesto de sociedades, y en los otros supuestos no. Podrias aclararlo? , gracias

    Responder
    • Hola, Gustavo:

      Este tipo de subvención, en el momento en que compro la máquina, pasa a catalogarse como no reintegrable, ya que acabo de cumplir la condición para la que me fue adjudicada y, por tanto, deja de ser un pasivo (deja de ser una obligación a devolver y, por tanto, pasa a formar parte del patrimonio neto.)

      Sin embargo, hay una parte que debemos reintegrar a la Hacienda Pública, vía imputación al resultado del ejercicio mediante el impuesto de sociedades. Esta cantidad sí supone una obligación que se materializa en un pasivo, concretamente en la cuenta “479 Pasivos por diferencias temporarias imponibles”.

      Responder

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